A- de 2022
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Loreinys Paola Serna Bolaño·Demandado Caribemar De La Costa S.A.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Factor territorial
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Primero Penal con Funciones de Control de Garantías de Santa Marta y el Juzgado Catorce Civil Municipal de Cartagena.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.
Ambos despachos presentaron una serie de argumentaciones relacionadas con el lugar donde se presentó y tuvo sus efectos la vulneración de derechos fundamentales alegada por la parte demandante.
La Corte consideró que la autoridad que tiene competencia para resolver la acción de tutela es el Juzgado Primero Penal con Funciones de Control de Garantías de Santa Marta a donde se ordena remitir el expediente para que, de manera inmediata, lo tramite y adopte la decisión a la que haya lugar.
Al otro operador jurídico se le hace una advertencia para que, en lo sucesivo, se abstenga de disponer el rechazo de acciones de tutela por falta de competencia, de acuerdo con lo señalado en la parte motiva de este proveído.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 12 de julio de 2022, proferido por el Juzgado
- Primero. Penal con Funciones de Control de Garantías de Santa Marta, dentro del trámite de la acción de tutela formulada por la señora Loreinys Paola Serna Bolaño en contra de Caribe Mar de la Costa S.A.S. E.S.P., CIFIN y Datacrédito.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4241 al Juzgado
- Primero. Penal con Funciones de Control de Garantías de Santa Marta para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado
- Primero. Promiscuo Municipal de Fundación que, en lo sucesivo, se abstenga de disponer el rechazo de acciones de tutela por falta de competencia, de acuerdo con lo señalado en la parte motiva de la presente providencia.
- Cuarto. Por la Secretaría General de esta Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a las partes, al Juzgado
- Primero. Promiscuo Municipal de Fundación (Magdalena) y al Juzgado Catorce Civil Municipal de Cartagena.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.